DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS
SEÑOR CONTRIBUYENTE, CON OBJETO DE BRINDAR UN MEJOR SERVICIO, LE RECOMENDAMOS LEER ATENTAMENTE LAS SIGUIENTES INSTRUCCIONES:
RECOMENDACIONES GENERALES
Están obligados a presentar este informe los Bancos, la Caja de Ahorros, el Banco Nacional de Panamá, el Banco Hipotecario Nacional, otras entidades financieras, incluyendo las asociaciones de ahorro y préstamo, o cualquier otra persona entidad que se dedique a otorgar préstamos hipotecarios residenciales no sujetos al régimen de Intereses Preferenciales.
El Informe de Certificación de Intereses sobre Préstamos Hipotecarios Residenciales sin Interés Preferencial (destinados a vivienda principal); debe contener toda la información requerida correspondiente al año anterior, del 1 de enero al 31 de diciembre inclusive, independientemente del período fiscal del contribuyente obligado a reportar. Debe ser presentado a más tardar el día uno (1) de marzo siguiente al período a informar. Si esta fecha de vencimiento coincide con un día no hábil, el plazo se extenderá hasta el siguiente día hábil.
Los informes deberán ser presentados por el sistema de devengado, con independencia del sistema contable interno que el reportante utiliza.
El informe debe ser elaborado utilizando los formularios electrónicos respectivos que estarán disponibles en la página Web de la DGI de forma gratuita. El mismo se presentará únicamente a través de Internet con el RUC y NIT del informante.
La persona obligada a informar que desee rectificar, deberá completar un nuevo informe, que incluya toda la información a reportar, de acuerdo con lo establecido en la resolución y el instructivo correspondiente.
El incumplimiento de la obligación da lugar a la imposición de las sanciones contempladas en el Artículo 756 del Código Fiscal.
Verifique que el Número de Registro Único de Contribuyente (R.U.C.), el Dígito Verificador (D.V.), Nombre o Razón Social del Contribuyente, Período Declarado (inicio y fin) en el recuadro destinado para tal efecto están correctos.
Tipo de Presentación:
Seleccione del recuadro si su presentación es:
Al actualizar el primer registro, el sistema mantendrá los Datos del Préstamo para que en aquellos casos en los que existan diferentes Deudores o Propietarios con un mismo Número de Préstamo puedan ser registrados y actualizados sin tener que digitar varias veces esta información. Las sumas correspondientes a monto, intereses y comisiones debe ser colocada en el primer registro que se ingrese referente a ese préstamo; a los siguientes registros referentes al mismo préstamo se les debe colocar en estas casillas cero (0). Si desea registrar otro préstamo, deberá seleccionar el ícono de Nuevo Préstamo.
RUC DEUDOR (ES)
Nombre:
- Permite identificar al Contribuyente deudor de la hipoteca.
RUC, DV. del Deudor:
Digite el RUC y DV del deudor de la hipoteca. El sistema validará que correspondan.
Tipo de Persona:
Permite identificar el Tipo de Persona deudora de la hipoteca. Seleccionar si el tipo de persona es:
RUC PROPIETARIO (S)
Nombre o Razón Social:
- Permite identificar al Contribuyente propietario del inmueble.
RUC, DV. del Deudor:
Digite el RUC y DV del propietario del inmueble. El sistema validará que correspondan.
Tipo de Persona:
Permite identificar el Tipo de Persona propietario del inmueble. Seleccionar si el tipo de persona es:
DATOS DEL PRESTAMO HIPOTECARIO
N. de Préstamo:
Permite identificar el número de préstamo hipotecario.
Monto (B/.) de Intereses y Comisiones:
Permite identificar el monto de intereses y comisiones correspondiente al préstamo hipotecario pagados durante el año informado. Los bancos y demás entidades crediticias obligadas a presentar este informe que ofrezcan financiamientos o refinanciamientos hipotecarios que incluyan otros conceptos adicionales a la hipoteca en el préstamo, deberán informar solamente el monto de intereses correspondiente a la proporción del préstamo que concierne al saldo insoluto de la hipoteca correspondiente a la adquisición de la vivienda principal de uso propio.
N. de Escritura:
Permite identificar el número de escritura de la hipoteca.
Fecha de la Escritura:
Permite identificar la fecha de escritura de la hipoteca en el Registro Público.
Ficha / Asiento:
Permite identificar el número de ficha / asiento de la escritura.
Folio / Imagen:
Permite identificar el número de folio / imagen de la escritura.
Tomo/Rollo:
Permite identificar el número de tomo / rollo de la escritura.
Documento:
Permite identificar el número de documento de la escritura .
Número de Finca:
Permite identificar el número de finca que está inscrito en el Registro Público.
Código de Ubicación:
Permite identificar el código de ubicación según el número de finca.
Representante Legal:
Nombre y cédula del Contribuyente o Representante Legal.