INFORME DE COMPRAS E IMPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS - frm 43
INSTRUCTIVO PARA LLENAR EL FORMATO DEL FORMULARIO 43
SEÑOR CONTRIBUYENTE, CON OBJETO DE BRINDAR UN MEJOR SERVICIO, LE RECOMENDAMOS LEER ATENTAMENTE LAS SIGUIENTES INSTRUCCIONES:
RECOMENDACIONES GENERALES
Están obligadas a presentar este Informe de Compras e Importaciones de Bienes y Servicios:
- Las personas naturales y jurídicas que deban presentar declaración jurada del Impuesto sobre la Renta y que hayan percibido ingresos brutos iguales o superiores a Un Millón de Balboas (B/. 1.000.000.00) y/o poseído a la misma fecha Activos Totales por un monto igual o superior a los Tres Millones de Balboas (B/. 3.000.000,00), en el período inmediatamente anterior a informar.
- Las personas naturales y jurídicas que exploten con ánimo de lucro, en y desde oficinas establecidas en el territorio de la República de Panamá, actividades que generen renta aún cuando éstasno se consideren producidas dentro del territorio de la República de Panamá, que al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al período a informar, hayan percibido Ingresos Brutos iguales o superiores a Un Millón de Balboas (B/. 1,000,000.00) y/o poseído a la misma fecha Activos Totales por un monto igual o superior a los Tres Millones de Balboas (B/. 3,000,000.00).
- El informe de Compras e Importaciones de Bienes y Servicios (43), debe ser presentado mensualmente a mas tardar el ultimo día del mes siguiente al período a informar. Si esta fecha de vencimiento coincide con un día hábil, el plazo se extenderá hasta el siguiente día hábil.
- Para las personas con períodos fiscales especiales aprobados por la Dirección General de Ingresos, los límites de Ingresos Brutos y/o activos Totales deben corresponder al período fiscal especial aprobado por esta Dirección, anterior al período gravable a informar.
· Este Informe debe ser presentado mensualmente a más tardar el último día del mes siguiente al período a informar. Si esta fecha de vencimiento coincide con un día no hábil, el plazo se extenderá hasta el siguiente día hábil.
· Los contribuyentes obligados a presentar PAT tendrán hasta el 15 de Enero de 2008 para presentar el Reporte de Pagos a Terceros correspondiente al mes de Diciembre del año 2007. Para presentar informes de Pagos a Terceros correspondiente a períodos atrasados hasta el período de diciembre de 2007 ó rectificar el informe de Pagos a Terceros de un período previo a enero de 2008, deberá presentar o rectificar el correspondiente informe de Pagos a Terceros para el período en cuestión.
- Los informes deberán ser presentados por el sistema de devengado, con independencia del sistema contable interno que el reportante utiliza.
· La información debe ser presentada factura por factura de cada proveedor por concepto de un mismo mes.
· En este informe no se requiere que detalle las devoluciones o notas de crédito, por lo que no permite introducir créditos o disminuciones.
- El informe debe ser elaborado utilizando los formularios electrónicos respectivos que estarán disponibles en la página Web de la DGI de forma gratuita. El mismo se presentará únicamente a través de Internet con el RUC y NIT del informante.
- La persona obligada a informar que desee rectificar, deberá completar un nuevo informe, que incluya toda la información a reportar, de acuerdo con lo establecido en la resolución y el instructivo correspondiente.
- El incumplimiento de la obligación da lugar a la imposición de las sanciones contempladas en el artículo 756 del Código Fiscal.
- Verifique que el Número de Registro Único de Contribuyente (R.U.C.), el Dígito Verificador (D.V.), Nombre o Razón Social del Contribuyente, Período Declarado (inicio y fin) en el recuadro destinado para tal efecto están correctos.
Tipo de Presentación:
Seleccione del recuadro si su presentación es:
- Original: Es la presentacion realizada por primera vez ante la Dirección General de Ingresos de Ingresos.
- Rectificativa: Son aquellas que podrán presentar los contribuyentes para rectificar el detalle de los informes.
Tipo de Persona:
Permite identificar el Tipo de Persona que recibe el pago o beneficio por compras o adquisiciones de bienes y servicios locales o importaciones. Seleccionar si el tipo de persona es:
- Natural.
- Jurídico.
- Extranjero.
RUC, DV. del Beneficiario:
Digite el RUC y DV del beneficiario del pago. El sistema validará que correspondan.
Nombre o Razón Social:
- Permite identificar al beneficiario del pago.
FACTURA / DOCUMENTO:
Permite identificar el número de factura o documento de compra de bienes y servicios locales o importaciones.
FECHA:
Permite identificar la fecha de la factura o documento de compra o adquisiciones de bienes y servicios locales o importaciones. La misma debe tener formato AAAAMMDD.
CONCEPTO:
Permite identificar todas las compras e importaciones de bienes y servicios relacionados a costos o gastos del contribuyente para la producción de renta o conservación de la misma y que constituyen ingreso gravable para quien los provea:
- Compras y Adquisiciones de Bienes Muebles (gastos de oficina).
- Servicios Básicos (electricidad, agua y teléfono).
- Servicios (honorarios, comisiones, mantenimiento, transporte, seguros, reaseguros, gastos de factoring y otros servicios).
- Alquileres por Arrendamientos Comerciales
- Cargos Bancarios, Intereses y Otros Gastos Financieros
- Compras o Servicios del Exterior. Requieren ser identificadas por RUC.
- Compras o Servicios Consolidados. Son aquellas compras menores, inferiores a cincuenta balboas (B/.50.00), las cuales pueden reportarse en un solo registro. Excepto aquellas realizadas en el mismo período a un mismo beneficiario, que consolidadas excedan este monto, aunque individuales sean inferiores al mismo. No requieren ser identificadas por RUC.
Se excluye de este reporte toda información referente a salarios y otras remuneraciones y/o prestaciones laborales, gastos de representación, dietas, depreciación y amortizaciones así como las donaciones, compra de valores y acciones.
COMPRAS DE BIENES Y SERVICIOS:
Permite identificar el tipo de compra o adquicisiones de bienes y servicios. Seleccione si son:
MONTO (B/.)
Cantidad en Balboas de la factura o documento de compra o adquisiciones de bienes y servicios locales o importaciones sin el ITBMS.
ITBMS PAGADO (B/.)
Cantidad en Balboas del ITBMS pagado según factura o documento de compra o adquisiciones de bienes y servicios locales o importaciones.
REPRESENTANTE LEGAL:
Nombre y cédula del Contribuyente o Representante Legal.