DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS
SECTOR BANCA Y ENTIDADES FINANCIERAS
Ingresos
Registre todos los ingresos generados durante el periodo fiscal, ya sean, de fuente nacional, de fuente extranjera y exenta, independientemente de la actividad económica que se realice.
1. Intereses sobre Préstamos. Registre los Intereses sobres Préstamos del periodo.
2. Intereses sobre Préstamo Preferencial. Ley 3/85. Registre los Intereses sobre Prestamos Preferencial del periodo.
3. Intereses sobre Depósitos en Bancos. Registre los Intereses sobre Depósitos Bancarios del periodo.
4. Intereses Sobre Valores. Registre los Intereses Sobre Valores del periodo.
5. Intereses Sobre Comisiones por Préstamos-Interiores. Registre los Intereses Sobre Comisiones de Préstamos-Interiores del periodo.
6. Intereses Sobre Comisiones por Préstamos-Exteriores. Registre los Intereses Sobre Comisiones de Préstamos-Exteriores del periodo.
7. Operaciones con Cías Asociadas-Local. Registre el Total de Ingresos por operaciones con Cías Asociadas- Local correspondientes al período.
8. Operaciones con Partes Relacionadas - Exterior (Art. 762-D y 762-L, C.F.). Registre el total de ingresos por operaciones con partes relacionadas – exterior correspondiente al período, de conformidad con el ámbito objetivo de aplicación del régimen de precios de transferencia establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo IX del Código Fiscal.
9. Operaciones con Partes Relacionadas - con zonas francas (762-L, C.F.). Registre el total de ingresos por operaciones con partes relacionadas con zonas francas correspondiente al periodo, de conformidad con el ámbito objetivo de aplicación del régimen de precios de transferencia establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo IX del Código Fiscal.
10. Operaciones con Partes Relacionadas- Local (Art. 762-L, C.F.). Registre el total de ingresos por operaciones con partes relacionadas ubicadas en el territorio aduanero panameño, correspondiente al periodo, de conformidad con el ámbito objetivo de aplicación del régimen de precios de transferencia establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo IX del Código Fiscal.
11. Honorarios y Otras Comisiones. Registre los Honorarios y Otras Comisiones del periodo.
12. Ganancia Neta en Valores y Derivados. Registre las Ganancias Netas en Valores y Derivados del periodo.
13. Ganancia Neta en Instrumentos Financieros. Registre las Ganancias Netas en Instrumentos Financieros del periodo.
14. Servicios Fiduciarios. Registre los Servicios Fiduciarios del periodo.
15. Administración por Fideicomisos. Registre el Total de los Ingresos provenientes de esta actividad.
16. Corretajes de Valores. Registre los Corretajes de Valores del periodo.
17. Venta de Bienes Inmuebles. Registre el Total de los Ingresos obtenidos en el periodo por las Ventas de Bienes Inmuebles.
18. Ganancias por Fluctuaciones Cambiarias-Netas. Registre la Ganancia por Fluctuaciones Cambiarias Netas, que se origina en el periodo.
19. Reversión de Pérdidas en Bienes Adjudicados. Registre la Reversión de Perdidas en Bienes Adjudicados del periodo.
20. Otros Ingresos. Registre todos aquellos conceptos no incluidos en las líneas anteriores.
21. Total de Ingresos. Resultado que proviene de la suma de todos los Ingresos de las líneas de 1 al 20.
22. Menos: Ingresos Exentos (Literales f, l y n) (Anexo 93). Registre el total de Ingresos del período, considerados como exentos conforme lo establece el Código Fiscal en el Artículo 708 y el Artículo 13 de Decreto Ejecutivo 170 de 1993; y demás leyes especiales. Debe presentar el detalle en el Anexo de Ingresos Exentos, que le aparecerá al intentar digitar valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
23. Menos: Otros ingresos exentos (Anexo 93). Registre los Ingresos Exentos del período. Debe presentar detalle en el Anexo de Ingresos Exentos y/o no gravables, que le aparecerá automáticamente al intentar digitar valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
24. Menos: Ingresos no gravables .Registre los Ingresos No Gravables del período.
25. Menos: Ingresos por Intereses Exentos por Financiamiento (Anexo 77). Registre los Ingresos por Intereses Exentos por Financiamientos del período. Debe presentar el detalle en el Anexo de Ingresos por intereses exentos por financiamiento, que le aparecerá al intentar digitar el valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
26. Fuente Extranjera. Registre el Total de los Ingresos de Fuente Extranjera del período, de acuerdo al parágrafo 2 del Artículo 694 del Código Fiscal.
27. Total de Ingresos Gravables. Resultado que proviene de la diferencia del Total de Ingresos de la línea 21, menos los Ingresos Exentos, otros Ingresos Exentos Ingresos No Gravables, Ingresos por Intereses Exentos por Financiamiento y de Fuente Extranjera de las líneas 22 a la 26.
Costos
Registre todos los costos incurridos durante el período fiscal, ya sean de fuente local, de fuente extranjera y exenta, independientemente de la actividad económica que realice.
28. Intereses Pagados Netos – Interior. Registre los intereses pagados netos interior del periodo.
29. Intereses Pagados Netos – Exterior. Registre los intereses pagados netos exterior del periodo.
30. Operaciones con Cías Asociadas-Local. Registre todos los costos por servicios Bancarios o Financieros con Compañías Asociadas Local en el periodo.
31. Partes Relacionadas- exterior (762-D y 762-L, C.F.). Registre el total de compras con partes relacionadas ubicadas en el exterior correspondiente al periodo, de conformidad con el ámbito objetivo de aplicación del régimen de precios de transferencia establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo IX del Código Fiscal.
32. Partes Relacionadas- con zonas francas (762-L, C.F.). Registre el total de compras con partes relacionadas ubicadas en zonas francas correspondiente al periodo, de conformidad con el ámbito objetivo de aplicación del régimen de precios de transferencia establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo IX del Código Fiscal.
33. Partes Relacionadas- Local (762-L, C.F.). Registre el total de compras con partes relacionadas ubicadas en el territorio aduanero panameño, correspondiente al periodo, de conformidad con el ámbito objetivo de aplicación del régimen de precios de transferencia establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo IX del Código Fiscal.
34. Otros Costos (Anexo 94). Registre todas aquellas erogaciones o partidas no incluidas en las anteriores, relacionadas directamente con la producción.
35. Total de costos. Registre el total de costos que resulta de la suma de las líneas 28 a la 34.
36. Menos: Costos Exentos (literal f y l). Registre el total de costos exentos que inciden directamente en las operaciones exentas. En el evento de que la contabilidad no le permita identificarlos con exactitud, el mismo será en la porción que la renta de fuente exenta guarde relación con la renta total.
37. Otros Costos Exentos. Registre el total de Otros Costos exentos que inciden directamente en las operaciones exentas. En el evento de que la contabilidad no le permita identificarlos con exactitud, el mismo será en la porción que la renta de fuente exenta guarde relación con la renta total.
38. Costos No Deducibles. Registre el total de Costos no deducibles que inciden directamente en las operaciones exentas. En el evento de que la contabilidad no le permita identificarlos con exactitud, el mismo será en la porción que la renta de fuente exenta guarde relación con la renta total.
39. Fuente Extranjera. Registre el total de costos que inciden directamente con las operaciones de Fuente Extranjera. En el evento de que la contabilidad no le permita identificarlos con exactitud, el mismo será en la porción que la renta de fuente extranjera guarde relación con la renta total.
40. Total de Costos Deducibles. Resultado que proviene de la diferencia del Total de Costos de la línea 35, menos las líneas 36 a la 39.
Gastos
Registre todos los gastos incurridos durante el período fiscal, ya sean, de fuente local, de fuente extranjera y exenta, independientemente de la actividad económica que realice.
41. Salarios y otras remuneraciones. Registre el total de gastos en conceptos de Salarios y Otras Remuneraciones del período.
42. Prestaciones laborales. Registre el total de gastos en conceptos de Prestaciones Laborales del período.
43. Gasto de Representación (Anexo 72). Registre el Total de los Gastos del período por concepto de Gastos de Representación. (Artículo 15 de Ley 8 del 15 de marzo 2010).
44. Dietas (Anexo 72). Registre todo pago en concepto de concurrencia a sesiones de consejos o juntas directivas del período. Debe presentar detalle en el Anexo de Costos y Gastos, que le aparecerá al intentar digitar valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
45. Alquileres. (Anexo 72). Registre el total de los gastos en conceptos de Alquileres del período. Debe presentar detalle en el Anexo de Costos y Gastos, que le aparecerá al intentar digitar valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
46. Provisión para Cuentas Malas. Registre la Provisión para Cuentas Malas, en los términos del Artículo 34 del Decreto Ejecutivo N° 170 de 1993.
47. Gastos por Operaciones con Cías Asociadas-Local. Registre todos los gastos por servicios Bancarios y/o Financieros por Operaciones con Compañías Asociadas Local en el periodo.
48. Partes Relacionadas- exterior (762-D y 762-L, C.F.). Registre el total de gastos o deduccionescon partes relacionadas ubicadas en el exterior correspondiente al periodo, de conformidad con el ámbito objetivo de aplicación del régimen de precios de transferencia establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo IX del Código Fiscal.
49. Partes Relacionadas- con zonas Francas (762-L, C.F.). Registre el total de gastos o deduccionescon partes relacionadas ubicadas en zonas francas correspondiente al periodo, de conformidad con el ámbito objetivo de aplicación del régimen de precios de transferencia establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo IX del Código Fiscal.
50. Partes Relacionadas- Local (762-L, C.F.). Registre el total de gastos o deduccionescon partes relacionadas ubicadas en territorio aduanero panameño, correspondiente al periodo, de conformidad con el ámbito objetivo de aplicación del régimen de precios de transferencia establecido en el Libro IV, Título I, Capítulo IX del Código Fiscal.
51. Cuentas Incobrables. Registre el Total de Gastos por Cuentas Incobrables correspondientes al período.
52. Pérdida Neta en Instrumentos Financieros. Registre el total de gastos del período en concepto de Pérdida Neta en Instrumentos Financieros.
53. Depreciación. Registre el total de gastos en conceptos de la depreciación del período. Las depreciaciones anuales permitidas por razón de desgaste o agotamiento son aquellas efectuadas sobre activos fijos empleados por el contribuyente en su negocio, industria o profesión y en actividades vinculadas con la producción de renta gravable. Si se tratase de activos fijos dedicados indistintamente a la producción de renta gravable, exenta y de fuente extranjera, las deducciones por depreciaciones serán hechas en la proporción respectiva. Artículo 49 del Decreto Nº170 del 27 de octubre de 1993.
54. Amortización (Art. 60 D.E. 170/1993). Registre el total de gastos en conceptos de Amortización del período de acuerdo al Artículo 60 del D.E. 170 de 1993.
55. Impuestos. Registre los Impuestos que afecten la actividad productora de la renta gravable. No son deducibles el impuesto sobre la renta, ni el importe de las sanciones pecuniarias e intereses causados por violación de normas jurídicas. Artículo 12 Decreto Ejecutivo 143 de 2005.
56. Honorarios por Servicios Profesionales y Comisiones (Anexo 72). Registre los gastos en conceptos de Honorarios por Servicios Profesionales y Comisiones. Debe presentar detalle en el Anexo de Costos y Gastos, que le aparecerá al intentar digitar el valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
57. Donaciones al Estado (literal a del Art. 16, D. E. 143 de 2005) (Anexo 73). Registre las Donaciones efectuadas, conforme la modificación introducida mediante el Artículo 16, Decreto Ejecutivo 143 de 2005, (literal a). Debe presentar detalle en el Anexo de Donaciones Realizadas, que le aparecerá al intentar digitar el valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
58. Donaciones (literal c y e del Art. 16, D. E. 143 de 2005) (Anexo 73). Registre las Donaciones efectuadas, conforme la modificación introducida mediante el Artículo 16, Decreto Ejecutivo 143 de 2005, literal c y e. Debe presentar detalle en el Anexo de Donaciones Realizadas, que le aparecerá al intentar digitar el valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
59. Donaciones (literal b, d y f del Art. 16, D. E. 143 de 2005) (Anexo73). Registre las Donaciones efectuadas, conforme la modificación introducida mediante el Artículo 16, Decreto Ejecutivo 143 de 2005, literal b, d y f, hasta un máximo de 50,000.00. Debe presentar detalle en el Anexo de Donaciones Realizadas, que le aparecerá al intentar digitar valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
60. Papelería y Útiles de Oficina. Registre el total de gastos del período en concepto de Papelería y Útiles de Oficina.
61. Administración por Fideicomiso. Registre el Total de Gastos en este concepto durante el periodo.
62. Viajes. Registre el total de gastos del período en concepto de Viajes.
63. Vigilancia y Seguridad. Registre el total de Gastos Incurridos en este concepto en el período.
64. Electricidad, Agua y Teléfono (Anexo 72). Registre el total de gastos del período en conceptos de Electricidad, Agua y Teléfono relacionados directamente a la producción. Debe presentar detalle en el Anexo de Costos y Gastos, que le aparecerá al intentar digitar valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
65. Membrecía, Cuotas y Suscripciones.
66. Seguros. (Anexo 72). Registre el total de gastos del periodo en conceptos de Seguros. Debe presentar detalle en el Anexo de Costos y Gastos, que le aparecerá al intentar digitar valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
67. Publicidad y Propaganda. Registre el total de gastos del período en concepto de Publicidad y Propaganda.
68. Combustible y Lubricantes. Registre el Total de Gastos por Combustibles y Lubricantes en el período.
69. Mantenimiento y Reparación (Anexo 72). Registre el total de costos del período en conceptos de Mantenimiento y Reparación. Debe presentar detalle en el Anexo de Costos y Gastos, que le aparecerá automáticamente al intentar digitar valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
70. Viáticos. Registre el total de gastos del período en concepto de Viáticos.
71. Dividendos o Cuotas de Participación por Acciones Preferidas Ley 52
72. Otros gastos (Anexo 94). Registre todos aquellos conceptos no incluidos en las líneas de gastos anteriores.
73. Total de gastos. Resultado que proviene de la sumatoria de los gastos de las líneas 41 a la 72.
74. Menos: Gastos exentos (literal f y l). Registre el total de Gastos Exentos que inciden directamente en los ingresos exentos. En el evento de que la contabilidad no le permita identificarlos con exactitud, el mismo será en la porción que la renta de fuente exenta guarde relación con la renta total. No 25919 Gaceta Oficial Digital, miércoles 14 de noviembre de 2007 30
75. Otros Gastos exentos. Registre el total de Otros Gastos Exentos que inciden directamente en los ingresos exentos. En el evento de que la contabilidad no le permita identificarlos con exactitud, el mismo será en la porción que la renta de fuente exenta guarde relación con la renta total.
76. Gastos No deducibles. Registre el total de No Deducibles que inciden directamente en los ingresos exentos. En el evento de que la contabilidad no le permita identificarlos con exactitud, el mismo será en la porción que la renta de fuente exenta guarde relación con la renta total.
77. Fuente Extranjera. Registre el total de gastos que inciden directamente con las operaciones de Fuente Extranjera. En el evento de que la contabilidad no le permita identificarlos con exactitud, el mismo será en la porción que la renta de fuente extranjera guarde relación con la renta total.
78. Total de Gastos Deducibles. Resultado que proviene de la diferencia del Total de Gastos de la línea 73, menos las líneas 74 a la 77.
Renta Gravable
79. Renta Gravable. Resultado que proviene de la diferencia del Total de los Ingresos Gravables de la línea 27, menos el Total de Costos Deducibles y Gastos Deducibles de la línea 40 y 78, cuando el resultado sea POSITIVO.
80. Pérdida. Resultado que proviene de la diferencia del Total de los Ingresos Gravables de la línea 27, menos el Total de Costos y Gastos Deducibles de la línea 40 y 78, cuando el resultado sea NEGATIVO.
81. Menos: Arrastre de Pérdidas. Acumule en este renglón los siguientes arrastres de pérdidas:
a) Operacional - Ley 31 de 1991-. Registre la cuota parte a deducir del total de pérdidas generadas en períodos fiscales anteriores, de conformidad con el Artículo 698-A del Código Fiscal. Las pérdidas sólo serán deducibles en los cinco períodos fiscales siguientes, a razón del 20% anual. Tales deducciones no podrán reducir en más del 50% la renta neta gravable y no deben afectar la declaración estimatoria.
b) Industriales. Registre el monto a deducir por arrastre de pérdidas, para las empresas que mantengan su registro industrial de acuerdo a la Ley 3 de 1986.
82. Renta de Fideicomisos Exentos Autorizados por DGI. Registre la Renta de Fideicomisos Exentos Autorizados por la Dirección General de Ingresos.
83. Discapacitados. Registre el incentivo de Discapacitados correspondientes al período. Debe presentar detalle en el Anexo Detalle de Discapacitados que le aparecerá automáticamente al intentar digitar valor en esta casilla. El valor de esta casilla se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
84. Casco Antiguo. Registre el incentivo de Casco Antiguo correspondiente al período
85. Otros Incentivos (Anexo 74). Registre los Incentivos no especificados anteriormente correspondientes al período. Debe presentar detalle en el Anexo de Otros Incentivos, que le aparecerá al intentar digitar valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
86. Renta Neta Gravable. Resultado que proviene de la diferencia de la Renta Gravable de la línea 79 menos los Arrastres de Pérdidas de la línea 81, la Renta de Fideicomisos Exentos Autorizados por DGI línea 82, Menos Discapacitados de la línea 83, menos Casco Antiguo línea 84, y Otros Incentivos de las línea 85 cuando el resultado sea POSITIVO.
87. Pérdida Neta. Resultado que proviene de la diferencia de la Renta Gravable de la línea 79 menos los Arrastres de Pérdidas de la línea 81, la Renta de Fideicomisos Exentos Autorizados por DGI línea 82, Menos Discapacitados de la línea 83, menos Casco Antiguo línea 84, y Otros Incentivos de las líneas 85 cuando el resultado sea NEGATIVO.
Liquidación del Impuesto
88. Impuesto causado. Aplique a la Renta Neta Gravable de la línea 86, una tarifa así:
a) Personas Jurídicas. Un 27.5% de conformidad con el Artículo 699 del Código Fiscal, modificado por el artículo 9 de la Ley 8 del 15 de marzo de 2010.
b) Personas Jurídicas inscritas en el Registro Oficial de la Industria Nacional. Las personas jurídicas inscritas en el Registro Oficial de la Industria Nacional o con contrato con la nación basados en el Decreto de Gabinete 413 de 1970, o contrato Ley fomento a la industria, deben liquidar su impuesto al 30% sobre los primeros B/.500,000.00 y al 34% sobre el excedente de conformidad con el Artículo 699 del Código Fiscal, modificado por el Artículo 4 de la Ley 28 de 1995. Vigente hasta 31/12 /2004.
c) Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Liquide su impuesto de conformidad con la tabla del Artículo 699 -A del Código Fiscal, modificado por el Artículo 1 de la Ley 62 del 19 de Septiembre de 1996.
d) Micro y Pequeñas Empresas - Ley 9 de 1989. Liquide su impuesto de conformidad con el Artículo 699 ó 700 del Código Fiscal y aplique la exoneración del 100%, 75% o 25% de acuerdo con el Artículo 7 de la Ley 9 de 1989.
e) Micro - Ley 33 de 2000. Toda microempresa que se constituya a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, y se inscriba en el registro empresarial, quedará exenta del pago del impuesto sobre la renta, durante los dos primeros años fiscales contados a partir de su inscripción. Artículo 11, Ley 33 de 25 de julio de 2000.
f) Fideicomiso. Liquide su impuesto de conformidad con la tabla del Artículo 700 del Código Fiscal.
89. Impuesto Retenido (Art. 762-M, C.F.). Introduzca en esta línea el impuesto retenido sobre la renta de fuente panameña atribuible al establecimiento permanente.
90. Crédito Declaración Anterior. Registre el crédito de su período fiscal anterior.
91. Impuesto a Pagar: Impuesto a Pagar que resulta de la diferencia del impuesto causado de la línea 88, el Impuesto retenido de la línea 89 y Crédito Declaración Anterior de la línea 90. Cuando el resultado sea POSITIVO.
92. Impuesto a Favor. Impuesto a Favor que resulta de la diferencia del impuesto causado de la línea 88, el Impuesto retenido de la línea 89 y Crédito Declaración Anterior de la línea 90, cuando el resultado sea NEGATIVO.
Impuesto Estimado
93. Renta Gravable Estimada. Registre la Renta Neta Gravable Estimada para el año siguiente, de conformidad con el Articulo 710 del Código Fiscal, tal como quedó modificado en la Ley 6 de Febrero de 2005.
94. Impuesto Estimado. Aplique a la Renta Neta Gravable Estimada de la línea 88 la tarifa del Artículo 700 del Código Fiscal, modificado por el Artículo 9 de la Ley 31 de 1991, hasta el período 2004 y a partir del periodo 2005, el Articulo 17 de la Ley 6 de 2 de Febrero de 2005.
95. Menos: Crédito de Arrastre. Registre el monto del Crédito de Arrastre.
96. Impuesto Estimado a Pagar. Resulta de la diferencia del Impuesto Estimado de la línea 94, Menos Crédito de Arrastre de la línea 95. Cuando el resultado sea POSITIVO.
97. Impuesto Estimado a Favor. Resulta de la diferencia del Impuesto Estimado de la línea 94, Menos Crédito de Arrastre de la línea 95, Cuando el resultado sea NEGATIVO.
Método del Cálculo Alterno
Las Personas Jurídicas cuyo total de Ingresos Gravables superen un millón quinientos mil Balboas (B/.1,500,000.00) anuales, están obligados a calcular su Impuesto sobre la Renta utilizando tanto el Método Tradicional, como el Cálculo Alterno del Impuesto sobre la Renta.
98. Ingresos Gravables. Registre el Total de Ingresos Gravables de la línea 27.
99. Ingresos Gravables Netos. Registre el Total de Ingresos Gravables línea 98.
100. Renta Neta Gravable. Aplique a los Ingresos Gravables Netos de la línea 99 el 4.67%.
Liquidación del Impuesto Cálculo Alterno
101. Impuesto Causado. Aplique a la Renta Neta Gravable de la línea 100 una Tarifa de conformidad con el Artículo 699 del Código Fiscal, modificado por el Artículo 16 de la Ley 6 de 2005 y por el Artículo 9 de la Ley 8 de 2010.
102. Impuesto Retenido (Art. 762-M, C.F.). Introduzca en esta línea el impuesto retenido sobre la renta de fuente panameña atribuible al establecimiento permanente de la línea 84
103. Menos: Crédito Declaración Anterior. Traslade a esta línea el Crédito de la Declaración Anterior de la línea 90.
104. Impuesto a Pagar. Resulta de la diferencia del Impuesto Causado de la línea 101, menos el Impuesto Retenido de la línea 102 y el Crédito de la Declaración Anterior de la línea 103, cuando el resultado sea POSITIVO.
105. Impuesto a Favor. Resulta de la diferencia del Impuesto Causado de la línea 101, menos el Impuesto Retenido de la línea 102 y el Crédito de la Declaración Anterior de la línea 103, cuando el resultado sea NEGATIVO.
Liquidación del Impuesto Estimado (Cálculo Alterno)
106. Renta Gravable Estimada. Registre la Renta Neta Gravable Estimada para el año siguiente, de conformidad con el Articulo 710 del Código Fiscal, tal como quedo modificado en la Ley 6 de 2 de Febrero de 2005.
107. Impuesto Estimado. Aplique a la Renta Neta Gravable Estimada de la línea 106 la tarifa del Articulo 699 del Código Fiscal, modificado por el Articulo 9 de la Ley 31 de 1991, hasta el período 2004 y a partir del período 2005 el Artículo 17 de la Ley 6 de 2 de Febrero de 2005.
108. Menos: Crédito de Arrastre. Registre la Acumulación de Arrastres.
109. Impuesto Estimado a Pagar. Resulta de la diferencia del Impuesto Estimado de la línea 107, Menos Crédito de Arrastre de la línea 108, Cuando el resultado sea POSITIVO.
110. Impuesto Estimado a Favor. Resulta de la diferencia del Impuesto Estimado de la línea 107, Menos Crédito de Arrastre de la línea 108, Cuando el resultado sea NEGATIVO.
Liquidación Final del Impuesto
111. Impuesto Jurado a Pagar. De las siguientes situaciones:
a) Método Tradicional: Traslade el valor de la línea 91.
b) Cálculo Alterno: Los contribuyentes que por sus Ingresos deban realizar éste Cálculo, trasladarán el valor mayor entre las líneas 91 y 104. En caso de que el contribuyente tenga aprobación de la DGI para No Cálculo Alterno (vigente) o Solicite la no Aplicación de Cálculo Alterno e identifique el icono correspondiente en este formulario, traslade el valor de la línea 91 del Método Tradicional.
112. Impuesto Jurado a Favor. De las siguientes situaciones:
a) Método Tradicional: Traslade el valor de la línea 92.
b) Cálculo Alterno: Los contribuyentes que por sus Ingresos deban realizar éste Cálculo traslade el valor menor entre las líneas 92 y 105. En caso de que el contribuyente tenga aprobación de la DGI para No Cálculo Alterno (vigente) o solicite la No Aplicación de Cálculo Alterno e identifique el icono correspondiente en este formulario, traslade el valor de la línea 92, del Método Tradicional.
113. Impuesto Estimado a Pagar. De las siguientes situaciones:
a) Método Tradicional. Traslade el valor de la línea 96.
b) Método CAIR. Los contribuyentes que por sus ingresos deban realizar este cálculo traslade el valor de la 96 ò 109 de acuerdo al método utilizado en el jurado. En caso de que el contribuyente tenga la aprobación de la DGI para no CAIR e identifique el ícono correspondiente en este formulario, traslade el valor de la línea 96 del método tradicional.
114. Impuesto Estimado a Favor. De las siguientes situaciones:
a) Método Tradicional. Traslade el valor de la línea 97.
b) Método CAIR. Los contribuyentes que por sus ingresos deban realizar este cálculo traslade el valor de la 97 ò 110 de acuerdo al método utilizado en el jurado. En caso de que el contribuyente tenga la aprobación de la DGI para no CAIR e identifique el icono correspondiente en este formulario, traslade el valor de la línea 97 del método tradicional.
Liquidación Final del Impuesto Estimado a Pagar
115. ISR Primera Partida. Proviene del resultado automático en este concepto.
116. ISR Segunda Partida. Proviene del resultado automático en este concepto.
117. ISR Tercera Partida. Proviene del resultado automático en este concepto.
Impuesto Complementario
118. Renta Neta Gravable. Registre la Renta neta gravable del período, viene de la línea 86.
119. Renta Neta Exenta (Literal f, l y n). Resultado de la diferencia de los Ingresos Exentos (Literales f, l y n) de la línea 22, menos Costos Exentos (Literales f y l) de la línea 36 y Gastos Exentos (Literales f y l) de la línea 74.
120. Renta Neta Extranjera. Resultado de la diferencia de los Ingresos de Fuente Extranjera de la línea 26, menos los Costos de Fuente Extranjera de la línea 39 y Gastos de Fuente Extranjera de la línea 77.
121. Más: Ganancia de Capital Venta de Inmuebles. Registre las Ganancias de Capital por Ventas de Inmuebles en el período.
122. Ganancia de Capital Venta de Valores. Registre las Ganancias de Capital por Ventas de Valores en el período.
123. Menos: Impuesto Pagado por Venta de Inmuebles. Registre el Impuesto Pagado por Venta de Inmuebles (Formulario 107).
124. Impuesto Pagado por Venta de Valores. Registre el Impuesto Pagado por Venta de Valores (Formulario108).
125. Impuesto Complementario. Resultado de la Renta Neta Gravable (línea 118), Menos el Impuesto Causado (Tradicional o Cálculo Alterno) multiplicada por el 4%, más el Total de la Renta Exenta (Literales f, l y n) (línea 119) multiplicada por el 2%, más el Total de la Renta Extranjera (línea 120) multiplicada por el 2% , más el Resultado que se obtenga de Restar la Ganancia de Capital obtenida por la Venta de Inmuebles (línea 121) del Impuesto Pagado por la Venta de Inmuebles (línea 123) y multiplicarlo por el 4%, más el Resultado que se obtenga de Restar la Ganancia de Capital obtenida por la Venta de Valores (línea 122) del Impuesto Pagado por la Venta de Valores (línea 124) y multiplicarlo por el 4%. Las sucursales de personas jurídicas extrajeras pagarán como impuesto el diez por ciento (10%) sobre el total de su renta gravable obtenida en Panamá, menos los impuestos pagados por esa misma renta en el país. Esta retención tendrá carácter definitivo y se pagará junto con la presentación de la Declaración Jurada correspondiente, según el Literal f del Artículo 36 de la Ley 8 de marzo de 2010.
126. Menos: Impuesto Pagado sobre Dividendos. Registre el Impuesto Pagado sobre Dividendos de las Utilidades distribuidas de este período fiscal, Literal g del Artículo 36 de la Ley 8 de marzo de 2010.
127. Impuesto Complementario a Pagar. Resultado de la diferencia del Impuesto Complementario de la línea 125 menos el impuesto pagado sobre dividendos de la línea 126 cuando el resultado sea POSITIVO.
Activos
128. Efectivos y Efectos de Caja. Registre el Total de Activos por Efectivos y Efectos de Caja correspondientes al periodo.
129. Depósitos a la Vista Local. Registre el total de Activos de Depósitos a la Vista-Local correspondientes al período.
130. Depósitos a la Vista en Exterior. Registre el total de Activos de Depósitos a la Vista-Exterior correspondientes al período.
131. Depósitos a Plazo Accionistas y Compañías Asociadas-Local. Registre el total de Activos de Depósitos a Plazo Accionistas y Compañías Asociadas-Local correspondientes al período.
132. Depósitos a Plazo Accionistas y Compañías Asociadas-Exterior. Registre el total de Activos de Depósitos a Plazo Accionistas y Compañías Asociadas-Exterior correspondientes al período.
133. Depósitos a Plazo Local. Registre el total de Activos de Depósitos a Plazo-Local correspondientes al período.
134. Depósitos a Plazo en Exterior. Registre el total de Activos de Depósitos a Plazo-Exterior correspondiente al período.
135. Cuentas por Cobrar. Registre el total de Activos de Cuentas por Cobrar correspondientes al período.
136. Cuentas por Cobrar a Otros- Local. Registre el total de Activos de Cuentas por Cobrar a Otros - Local correspondientes al período.
137. Cuentas por Cobrar a Otros- Exterior. Registre el total de Activos de Cuentas por Cobrar a Otros - Exterior correspondientes al período.
138. Cuentas por Cobrar Accionistas y Compañías Asociadas- Local (Anexo 75). Registre el Total de Activos de esta cuenta incurridos en el período. Debe Presentar detalle del Anexo de Prestamos y Cuentas por Cobrar Accionistas y Compañías Asociadas – Local y Exterior, que le aparecerá al intentar digitar el valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
139. Cuentas por Cobrar Accionistas y Compañías Asociadas-Exterior (Anexo 75). Registre el Total de Activos de esta cuenta incurridos en el período. Debe Presentar detalle del Anexo de Prestamos y Cuentas por Cobrar Accionistas y Compañías Asociadas – Local y Exterior, que le aparecerá al intentar digitar el valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
140. Préstamos por Cobrar Local. Registre el total de Activos de Préstamos por Cobrar Local correspondientes al período.
141. Préstamos por Cobrar Exterior. Registre el total de Activos de Préstamos por Cobrar Exterior correspondientes al período.
142. Préstamos por Cobrar Accionistas y Compañías Asociadas-Local (Anexo 75). Registre el Total de Préstamos por Cobrar de Accionistas y Compañías Asociadas- Local registradas para el período. Debe Presentar detalle del Anexo de Prestamos y Cuentas por Cobrar Accionistas y Compañías Asociadas – Local y Exterior, que le aparecerá al intentar digitar el valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
143. Préstamos por Cobrar Accionistas y Compañías Asociadas-Exterior (Anexo 75). Registre el Total de Préstamos por Cobrar de Accionistas y Compañías Asociadas- Exterior registradas para el período. Debe Presentar detalle del Anexo de Prestamos y Cuentas por Cobrar Accionistas y Compañías Asociadas – Local y Exterior, que le aparecerá al intentar digitar el valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
144. Reserva para Pérdidas en Préstamos. Registre el total de la Reserva para Pérdidas en Préstamos.
145. Comisiones No Devengadas. Registre el total de las Comisiones No Devengadas correspondientes al período.
146. Intereses Acumulados por Cobrar. Registre el total de los Intereses Acumulados por Cobrar correspondientes al período.
147. Deudores Varios. Registre el total de los Deudores Varios correspondientes al período.
148. Plusvalía. Registre el total de la Plusvalía.
149. Valores a Valor Razonable con Cambios en Resultados. Registre el total de los Valores a Valor Razonable con Cambios en Resultados correspondientes al período.
150. Valores Disponibles para la Venta. Registre el total de los Valores Disponibles para la Venta correspondientes al período.
151. Edificio y Mejoras. Registre el Total de Activos de Edificio y Mejoras correspondientes al período.
152. Terreno. Registre el Total de Activos de Terreno correspondientes al período.
153. Maquinaria y Equipos. Registre el Total de Activos de Maquinaria y Equipos registrados para el período.
154. Mobiliario y Enseres. Registre el Total de Activos de Mobiliario y Enseres registrados para el período.
155. Menos: Depreciación Acumulada. Registre el Total de la Depreciación Acumulada de los Activos registrados para el período.
156. Impuestos Diferidos. Registre el Total de Activos de Impuestos Diferidos registrados para el período.
157. Otros Activos. Registre todos aquellos conceptos de Activos no incluidos en las líneas anteriores.
158. Total de Activos. Resultado que proviene de la sumatoria de los Activos de las líneas 128 a 143 más las líneas 145 a 154, la 156 y 157, menos Reserva para Pérdidas en Préstamos línea 144 y la Depreciación Acumulada de la línea 155.
Pasivos
159. Depósitos a la Vista Local. Registre el total de Pasivos de Depósitos a la Vista-Local correspondientes al período.
160. Depósitos a la Vista en Exterior. Registre el total de Pasivos de Depósitos a la Vista-Exterior correspondientes al período.
161. Depósitos a la Vista Accionistas y Compañías Asociadas-Local. Registre el total de Pasivos de Depósitos a la Vista Accionistas y Compañías Asociadas -Local correspondientes al período.
162. Depósitos a la Vista Accionistas y Compañías Asociadas-Exterior. Registre el total de Pasivos de Depósitos a la Vista Accionistas y Compañías Asociadas -Exterior correspondientes al período.
163. Depósitos de Ahorros Local. Registre el total de Pasivos de Depósitos de Ahorros Local correspondientes al período.
164. Depósitos de Ahorros- Exterior. Registre el total de Pasivos de Depósitos de Ahorros Exterior correspondientes al período.
165. Depósitos a Plazo Local. Registre el total de Pasivos de Depósitos a Plazo Local correspondientes al período.
166. Depósitos a Plazo Exterior. Registre el total de Pasivos de Depósitos a Plazo Exterior correspondientes al período.
167. Préstamos por Pagar Accionistas y Compañías Asociadas-Local (Anexo 953). Registre el total de Pasivos por Prestamos por Pagar a Accionistas y Compañías Asociadas -Local correspondientes al período. Debe presentar detalle en el Anexo de Préstamos y Cuentas por Pagar Accionistas y Compañías Asociadas-Local, que le aparecerá al intentar digitar valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
168. Préstamos por Pagar Accionistas y Compañías Asociadas-Exterior (Anexo 953). Registre el total de Pasivos por Prestamos por Pagar a Accionistas y Compañías Asociadas -Exterior correspondientes al período. Debe presentar detalle en el Anexo de Préstamos y Cuentas por Pagar Accionistas y Compañías Asociadas-Local, que le aparecerá al intentar digitar valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
169. Depósitos a Plazo Interbancarios Local. Registre el total de Pasivos de Depósitos a Plazo Interbancarios Local correspondientes al período.
170. Depósitos a Plazo Interbancarios Exterior. Registre el total de Pasivos de Depósitos a Plazo Interbancarios Exterior correspondientes al período.
171. Depósitos a Plazo Interbancarios Accionistas y Compañías Asociadas- Local. Registre el total de Pasivos de Depósitos a Plazo Interbancarios Accionistas y Compañías Asociadas -Local correspondientes al período.
172. Depósitos a Plazo Interbancarios Accionistas y Compañías Asociadas-Exterior. Registre el total de Pasivos de Depósitos a Plazo Interbancarios Accionistas y Compañías Asociadas -Exterior correspondientes al período.
173. Cuentas por Pagar. Registre el Total de Pasivos de Cuentas por Pagar correspondientes al período.
174. Cuentas por Pagar a Accionistas y Compañías Asociadas-Local (Anexo 953). Registre el Total de Pasivos de las Cuentas por Pagar Accionistas y Compañías Asociadas-Local registrados para el período. Debe presentar detalle en el Anexo de Préstamos y Cuentas por Pagar Accionistas y Compañías Asociadas-Local, que le aparecerá al intentar digitar valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
175. Cuentas por Pagar a Accionistas y Compañías Asociadas-Exterior (Anexo 953). Registre el Total de Pasivos de las Cuentas por Pagar Accionistas y Compañías Asociadas-Exterior registrados para el período. Debe presentar detalle en el Anexo de Préstamos y Cuentas por Pagar Accionistas y Compañías Asociadas-Exterior, que le aparecerá al intentar digitar valor en esta línea. El valor de esta línea se alimentará automáticamente del total de este Anexo.
176. Cuentas por Pagar Casa Matriz o Filial en el Exterior. Registre el Total de Pasivo de Cuentas por Pagar de Casa Matriz o Filial en el Exterior registrados para el período.
177. Valores Vendidos de Recompra. Registre el total de Pasivos de Valores Vendidos de Recompra correspondientes al período.
178. Certificados Fiduciarios. Registre el total de Pasivos de Certificados Fiduciarios correspondientes al período.
179. Bonos por Pagar Local. Registre el Total de Pasivos de Bonos por Pagar Local correspondientes para el período.
180. Bonos por Pagar- Exterior. Registre el Total de Pasivos de Bonos por Pagar- Exterior correspondientes para el período.
181. Financiamientos Recibidos Local. Registre el Total de Pasivos de Financiamientos Recibidos Local correspondientes para el período.
182. Financiamientos Recibidos Exterior. Registre el Total de Pasivos de Financiamientos Recibidos Exterior correspondientes para el período.
183. Intereses Acumulados por Pagar. Registre el Total de Intereses Acumulados por Pagar para el período.
184. Aceptaciones Pendientes. Registre el Total de Aceptaciones Pendientes correspondientes para el período.
185. Impuesto sobre la Renta Diferido. Registre el Total de Impuesto sobre la Renta Diferido correspondientes para el período.
186. Cheques de Gerencia y Certificados. Registre el Total de Cheques de Gerencia y Certificados correspondientes para el período.
187. Reserva de Negocios de Seguro. Registre el Total de Reserva de Negocios de Seguro correspondientes para el período.
188. Compra de Valores Pendientes de Liquidación. Registre el Total de Compra de Valores Pendientes de Liquidación correspondientes para el período.
189. Acciones Preferidas Ley 52/2012. Registre el total en este concepto.
190. Otros Pasivos. Registre todos aquellos conceptos de Pasivos no incluidos en las líneas anteriores.
191. Total de Pasivos. Registre el Total del Pasivos que resulte de la sumatoria de los pasivos de las líneas 159 a 190.
Análisis del Superávit
192. Superávit Acumulado Inicial. Registre el Total del Superávit del período Fiscal Anterior.
193. Ganancia Neta. Proviene de la diferencia del Total de Ingresos de la línea 21, Menos el Total de Costos y el Total de Gastos de las líneas 35 y 73, Menos el Impuesto Causado de la línea 88, Cuando el resultado es POSITIVO.
194. Déficit Acumulado Inicial. Registre el Total del Déficit del período Fiscal Anterior.
195. Pérdida Neta. Proviene de la diferencia del Total de Ingresos de la línea 21, Menos el Total de Costos y el Total de Gastos de las líneas 35 y 73, Menos el Impuesto Causado de la línea 88. Cuando el resultado es NEGATIVO.
196. Ganancia de Capital (Inmuebles y Valores). Resultado de la Ganancia de Capital Venta de Inmuebles de la línea 121, Menos el Impuesto Pagado por la Venta de Inmuebles de la línea 123; Más la Ganancia de Capital Venta de Valores de la línea 122, Menos el Impuesto Pagado por la Venta de Valores de la línea 124. Proviene del recuadro del Impuesto Complementario.
197. Menos: Dividendos Distribuidos Durante el Período. Registre los Dividendos Distribuidos Durante el Período.
198. Superávit de Revaluación y Otros Ajustes. Registre el incremento por Revaluaciones, registradas durante el periodo.
199. Menos: Otros Cargos Contra el Superávit. Registre Otros Cargos Contra el Superávit.
200. Total del Superávit. Resultado que proviene de la suma del Superávit Acumulado Inicial y la Ganancia Neta (reste en caso de pérdida) de las líneas 192, 193 o 194, 195 Más la Ganancia de Capital (Inmuebles y Valores) línea 196, Menos Dividendos Distribuidos Durante el Período línea 197, más el Superávit de Revaluación y Otros Ajustes de la línea 198, menos Otros Cargos Contra el Superávit de la línea 199.
Patrimonio
201. Acciones Comunes. Registre el Total en Acciones Comunes.
202. Acciones Preferidas. Registre el Total en Acciones Preferidas.
203. Acciones Sin Valor Nominal. Registre el Total en Acciones Sin Valor Nominal.
204. Reserva de Capital. Registre el Total de Reserva de Capital correspondientes para el período.
205. Participación No Mayoritaria en Subsidiaria. Registre el Total Participación No Mayoritaria en Subsidiaria correspondientes para el período.
206. Utilidad No Distribuida. Registre el Total de la Utilidad No Distribuida correspondientes para el período.
207. Superávit. Resultado del recuadro del Análisis del Superávit de la línea 200, en caso de ser POSITIVO.
208. Déficit. Resultado del recuadro del Análisis del Superávit de la línea 200, en caso de ser NEGATIVO.
209. Total de Patrimonio. Resulta de la suma de las Acciones Comunes línea 201, Acciones Preferidas Línea 202, Acciones Sin Valor Nominal línea 203, Reserva de Capital línea 204, Participación No Mayoritaria en Subsidiaria línea 205 y Utilidad No Distribuida de la línea 206, Más o Menos el Superávit o Déficit de las líneas 207 ò 208, respectivamente.
Aviso de Operación de Empresas
Consolide en esta línea el Impuesto a Pagar por Aviso de Operación (antes Licencia Comercial) de todos los establecimientos comerciales que posea.
210. Patrimonio Sujeto de Aviso de Operación. Resultado de la diferencia entre el Total del Patrimonio de la línea 210, Menos las Cuentas por Pagar a Accionistas y Compañías Asociadas-Exterior y las Cuentas por Pagar Casa Matriz o Filial en el Exterior, de las líneas 175 y 176.
211. Impuesto a Pagar Aviso de Operación de Empresas. Resultado de la multiplicación del Patrimonio Sujeto de Aviso de Operación por el 2%. El impuesto anual que ha de causar la Licencia Comercial a que se refiere la Ley 25 de 1994, será el dos por ciento (2%) del capital de la empresa, con un mínimo de cien Balboas (B/.100.00) y un máximo de sesenta mil Balboas (B/.60,000.00). Artículo 1004 del Código Fiscal, modificado por el Artículo 69, Ley 8 de 15 marzo de 2010.