DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS
INSTRUCTIVO PARA LLENAR LA DECLARACION JURADA DE RETENCIONES POR RENTAS
ACREDITADAS O REMESAS AL EXTERIOR
Base Legal:Ley 6 de 2 de febrero de 2005. Decreto Ejecutivo Reglamentario No.170 de 27 de octubre de 1993, modificado por el Decreto Ejecutivo 143 de 27 de octubre de 2005.Este formulario lo debe llenar toda persona natural o jurídica que pague o acredite en cuenta a beneficiarios radicados en el exterior o a otras personas a cuenta de aquellos, rentas de fuente panameña, renta gravable de cualquier clase, o la distribución de utilidades a los accionistas o socios de una persona jurídica, cuando se remesen al exterior rentas provenientes de remuneraciones por trabajo personal, intereses, comisiones, alquileres, regalías y otras rentas de fuente panameña remesadas al exterior.
Recomendaciones Especiales:
Escribir en el espacio, correspondiente, la información que se solicita:
Renta Gravable Acumulada
1. Remesas pagadas a beneficiarios radicados en el exterior: Art. 694 del C.F.A partir del 3 de febrero de 2005: Registre la totalidad de las remesas a beneficiarios radicados en el exterior o a otras personas a cuenta de aquellos, rentas de fuente panameña, renta gravable de cualquier clase, o la distribución de utilidades a los accionistas o socios de una persona jurídica. También Registre la totalidad de las remesas por los conceptos Intereses, comisiones y otros cargos por préstamos o financiamiento, directa o indirectamente, por las personas naturales y jurídicas obligadas a retener. Art. 13 y 18 de Ley 6 de 2 de febrero de 2005, que modificó el ordinal h) del Artículo 701 del Código Fiscal. Art. 27, 49 y 50 del Decreto Ejecutivo 143 de 2005 que modifico el art. 116 148 y 149 del Decreto Ejecutivo 170 de 1993.
2. Base Imponible: Registre el 50% de la línea 1, para las remesas afectadas por contratos de financiamiento correspondiente a periodos comprendidos a partir del 3 de febrero de 2005.
3. Impuesto causado. Aplique a la base imponible de la línea 2 la tarifa correspondiente según la tabla del Art. 699 del Código Fiscal si el no residente es una Persona Jurídica y del Art. 700 cuando es una Persona Natural. En este último caso el no residente no tiene derecho a ninguna de las deducciones que señala el artículo 709.
4. Renta gravable de remesas anteriores dentro del año, Art. 733 del C.F.: Registre el total de las remesas anteriores, acreditadas o pagadas a la misma persona durante el año fiscal.
5. Más renta gravable de esta planilla: anote la suma que corresponde a la remesa de esta planilla.
6. Total renta gravable acumulada: Registre el total de renta gravable acumulada: suma de líneas 4 + 5.
7. Impuesto causado. Aplique a la renta gravable acumulada de la línea 6 la tarifa correspondiente según la tabla del Art. 699 del Código Fiscal si el no residente es una Persona Jurídica y del Art. 700 cuando es una Persona Natural. En este último caso el no residente no tiene derecho a ninguna de las deducciones que señala el artículo 709.
8. Menos: Impuesto retenido remesas anteriores dentro del año: Registre la suma de los impuestos retenidos en remesas anteriores dentro del año.
9. Impuesto a retener. Registre el impuesto a pagar que resulta de restar de la línea 7 la línea 8.
10. Productoras y distribuidoras extranjeras de películas y similares: Registre el total (100%) de la renta gravable pagada a las empresas productoras y distribuidoras extranjeras de películas, programas y demás producciones para radio y televisión, establecidas en el ordinal c) del artículo 701 del Código Fiscal, adicionado por el art. 10 de la Ley 31 de dic. de 1991. Ley 6 de 2 de febrero de 2005.
11. Impuesto causado: aplicar el 6% a la línea 10.
12. Intereses por préstamos o financiamientos internacionales antes del 3/2/05. Registre el total (100%) de las remesas por estos conceptos, directa o indirectamente, por las personas naturales y jurídicas obligadas a retener, establecidas en el ordinal h) del artículo 701 del Código Fiscal, adicionado por el art. 10 de la Ley 31 de 12 de 1991, modificado por la Ley 6 de 2 de febrero de 2005, reglamentado por el art. 27 Parágrafo transitorio del D.E. 143 de 2005.
13. Impuesto causado: aplicar a la línea 12 el 6% según aprobación de la DGI.
14. Intereses por préstamos o financiamientos internacionales a partir del 3/2/05, Persona Jurídica: registre la totalidad de las remesas en este concepto.
15. Base Imponible: Registre el 50% de la línea 14, para las remesas afectadas por contratos de financiamiento correspondiente a los periodos comprendidos a partir del 3 de febrero de 2005.
16. Impuesto causado: Aplique a la renta gravable de la línea 15 el art. 699 del C.F.
17. Intereses por préstamos o financiamientos internacionales a partir del 3/2/05, Persona Natural: registre la totalidad de las remesas en este concepto.
18. Base Imponible: Registre el 50% de la línea 17, para los periodos a partir del 3 de febrero de 2005.
19. Renta gravable de remesas anteriores dentro del año: anote la suma que corresponde a la remesa de esta planilla
20. Más renta gravable de esta planilla: anote la suma que corresponde a la remesa de esta planilla.
21. Total renta gravable acumulada: Registre el total de renta gravable acumulada: suma de líneas 19 + 20.
22. Impuesto causado. Aplique a la renta gravable acumulada de la línea 21 la tarifa correspondiente según la tabla del
Art. 700 del Código Fiscal. El no residente no tiene derecho a ninguna de las deducciones que señala el artículo 709.
23. Menos: Impuesto retenido remesas anteriores dentro del año: Registre la suma de los impuestos retenidos en remesas anteriores dentro del año.
24. Impuesto a retener. Registre el impuesto a pagar que resulta de restar la línea 22 menos la línea 23.
TOTALIZACION DEL IMPUESTO A PAGAR
25. Impuesto a pagar: Registre el impuesto a pagar que resulta de la suma de las líneas 3 + 9 + 11 + 13 + 16 + 24.
26. Registre el recargo del 10% sobre el total de la línea 25.
27. Registre el interés generado, desde el momento en que el impuesto debió pagarse.
28. Total a pagar: Registre el total a pagar que resulta de la suma de la línea 25 + 26 + 27.
FIRMA DEL CONTRIBUYENTE O EL REPRESENTANTE LEGAL
En esta casilla escriba en los espacios correspondientes: El nombre y apellidos, él número de cédula de la persona identificada en la casilla anterior.A continuación escriba en el espacio correspondiente la firma autógrafa de la persona arriba identificada; en igual forma si se trata de apoderado especial o persona autorizada.Señor contribuyente: Recuerde que la información consignada en la declaración se hace bajo la gravedad del juramento afirmando con ello que todos los datos declarados son reales y coinciden en su totalidad.